martes, 21 de mayo de 2013

LA CAMINERA HACIA MULTAS DE 800 PESOS DENTRO DE CAPILLA DEL MONTE Y EL DINERO VA AL MUNICIPIO DE SOTO


HOY LA POLICIA CAMINERA DE CORDOBA CONFECCIONABA MULTAS DE 1600 PESOS  DENTRO DE CAPILLA DEL MONTE EN FORMA IRREGULAR, MULTAS QUE DEBEN SER PAGADAS EN EL MUNICIPIO DE SOTO... El colmo de la pavota!!!!

              Durante todo el día de hoy la policia caminera de córdoba, montó un puesto sobre la entrada al club de tenis. Cuando le preguntamos porque estaban ahí, contestaron que estaban fuera de Capilla del Monte y con eso justificaban su accionar.

Mucha gente fue multada, entre ellos vecinos de Capilla del Monte, por lo cual me apersone en el lugar y luego de verificar que efectivamente estaban en el lugar mencionado, llame a la Radio Gente y al aire le explique a los vecinos que fueron multados que no pagaran las multa y que cuando deban ir al Juez de Falta, debían explicar que no corresponde la aplicación de la multa por:

1) La Ruta 38 es ruta nacional y la prov. no tiene convenio con Nación.
2) El poder de policía es indelegable, por ende lo que le corresponde a la Nación, es de Nacion, la Provincia a la Provincia y los Municipios a los Municipios.
3) Que el ejido municipal de Capilla, no es la Zona Urbana, sino que llega hasta ser lindero con Dolores, por ende, el único con las facultades para organizar y garantizar la seguridad vial es el municipio y sus inspectores o autoridades (aquí es donde se superponen las competencias entre Prov-Municipio).
4) Que la policía caminera, les pide a los vehículos bajar a la banquina en las rutas nacionales, para que de esta forma, Ud. este en territorio provincial y así ellos tener jurisdicción, aquí no se aplica, porque la banquina es ejido de Capilla del Monte.

En todos los caso, cabe destacar en palabras inclusive del Jefe de la Caminera de Cordoba, que cuando un puesto de Caminera esta a 100 de una estación de servicio, que por razones de seguridad, obliga a apagar las luces (GNC), la policía solo debe advertir a los conductores que prendan las luces y no multarlos por no hacerlo, a modo de prevención. Este era ese caso pues estaban a menos de 100 mts de la OIL (Ex - Petrobras).

Y en el colmo de lo irregular, las multas hechas dentro del ejido municipal de Capilla, terminan en las arcas y cajas de la Municipalidad de SOTO, donde los vecinos multados deberán concurrir dentro de los 10 días hábiles.

Para finalizar: NO solo no debe pagar la multa, sino que el municipio debiera de ver estos temas, ya que el vecino de Capilla del Monte, deberá perder un día, mas el gasto en ir hasta SOTO, porque no había ningún funcionario municipal que atendiera este tema, ni en toda la mañana solicitara a las autoridades policiales, retirar el puesto, ya que estaban en un lugar que no corresponde, a no ser que el municipio, lo autorizara, cosa que también sería muy irregular. Milca Saint Genez, que estaba conmigo, mientras yo fui al puesto, se apersono en el municipio y dio aviso a las autoridades municipales, para que el Intendente Sez intervenga y mañana no este ese puesto en ese lugar, ni en ningún otro del territorio capillense.

Mañana a las 1130am en fm gente 109.5mhz, seguiremos con esto, ya que a partir de que fui personalmente quien intervino en el caso, estoy invitado a la radio por carlos Iturrioz, quien se pudra en contacto con el Jefe de la Caminera del departamento, para que este tema no se vuelva a repetir, teniendo en cuenta que las multas eran de 800 pesos de promedio, que no solo son ilegales desde la aplicación, sino también que termina ese dinero de vecino de Capilla del Monte, que "supuestamente" hicieron una infracción en nuestra ciudad, en las arcas del municipio de Soto....-

Adjuntamos foto de un multa en Capilla del Monte por 800 pesos del día de hoy y la foto del puesto de la caminera.-

Durante el 2007 al 2011 como Concejal, defendí la injusticia y la lucha contra la corrupocion fue constante. Hoy como vecino común, sigo militando en ese sentido sin necesidad de cargo alguno, para defender los derechos de todos nosotros. Cuando cualquier vecino vea, este tipo de cosas, no hay que callarse, hay que participar y dar a conocer los hechos, para que el desprevenido, este atento y pueda defenderse de las injusticias y los arrebatos de quienes casualmente tienen que velar porque esto no pase.

Atte. Cesar Imbellone (Concejal - Mandato Cumplido: 2007-2011).






jueves, 16 de mayo de 2013

COTA 1050 - NO A LA CONSTRUCCION MAS ALLA DE ELLA.-


La región de Capilla del Monte, en las últimas dos décadas, se ha comportado como receptora de población y proveedora de bienes, recursos y servicios, respondiendo a avatares de la realidad geo económica y política de los 90 para este tiempo, influidos por factores económicos extra regionales. Ello ha ocasionado profundos cambios e impactos ambientales, evidenciándose discrepancias cada vez mayores en la relación hombre-naturaleza. 

Los impactos asignados a las acciones humanas que se desarrollan en ámbitos urbanos y rurales son de efecto local (ej.: presencia desmesurada de residuos debido a la no concientización de la población y a la falta de panificación anticipada al crecimiento urbano, basurales sobre cargados a cielo abierto, material toxico generador de problemas de salud etc entre otros muchos males, cloacas saturadas, faltante de agua y otra nueva etc mas) y regional (ej.: contaminación de agua superficial y subterránea, del aire y del suelo; pérdida del paisaje y degradación de funciones ecosistémicas; erosión del suelo; pérdida de biodiversidad; pérdida recursos no renovables; degradación de cuencas hídricas; que como ejemplo podemos mencionar la crecida repentina del Calabalumba cada 5 o 10 años, que produce desastres de gran envergadura, en la última gran crecida, destruyo varias viviendas construidas en la rivera, que no respetaban distancias, ni los niveles máximos históricos del río como premisa, etc). 
El cotejo de los impactos identificados en investigaciones privadas, incluso del estado a través de las universidades, percibidos por la sociedad, arrojó el siguiente núcleo de mayor coincidencia:
Basura, deposición y quema; contaminación de agua; incendios; tala del bosque; alteración del paisaje; especies plagas y exóticas; erosión y pérdida de suelo y disminución calidad de vida.

Estos impactos se localizan particularmente en ámbito urbano y periurbano y denotan una percepción de temas cotidianos y locales, más que una visión regional de la población. 

El carácter público de los problemas requiere regulación del estado-municipal o provincial- no obstante, ambas jurisdicciones han demostrado debilidad en tal sentido. 
Por todo lo expuesto, creo hoy mas que nunca, que Capilla del Monte merece una clara legislación al respecto que no deje lugar a la especulación, ni a la duda y que los controles y aprobaciones de planos han de ser rigurosos.

Construir mas allá del cota 1050, seria en el tiempo asistir al fin del ecosistema como hoy lo conocemos en nuestra ciudad y este es un problema de todos en la región, pues ya se puede ver en La Cumbre, por ejemplo, grandes construcciones en las laderas de las sierras, que desconozco a ciencia cierta a la altura que están, pero me aventuro a considerar que están a ese nivel o superior, que desde la ruta 38 es de fácil observación. 

Creo recordar que este hecho también obedecía a la aprobación de una ordenanza que fue un verdadero escándalo social en dicha ciudad, salpicado de denuncia de corrupción y favoritismos hacia sectores específicos supuestamente por parte del gobierno local. 

Esperemos no tener que ver esto en Capilla del Monte y que los Concejales, al menos de la oposición, “eso que dicen ser la nueva política”, estén a la altura de las circunstancia y no dejen ver entre gallos y media noche que son mas de lo misma política que ellos dicen no representar, aunque todos sabemos, que son mas de lo mismo, pero la esperanza es lo último que se pierde y espero así sea en beneficio del futuro de nuestra querida Capilla del Monte-.

CESAR O. IMBELLONE
DNI 20602629
Concejal – mandato cumplido 2007-2011
Capilla del Monte - Prov. de Córdoba